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Declaración de Renta?
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Declaración de Renta 2026
Año gravable 2025 · Personas naturales
Los plazos 2026 van del 12 de agosto al 26 de octubre.
Tu fecha depende de los dos últimos dígitos de tu cédula.
La consulta se hace en tu navegador: no enviamos ni guardamos tu cédula. Fechas según el calendario tributario DIAN 2026.
- Consulta gratis, sin registro
- Calendario oficial DIAN 2026
- Evita sanciones e intereses de mora
- Un contador puede hacerla por ti
Calendario tributario DIAN 2026
Declaración y pago del impuesto de renta de personas naturales, año gravable 2025. Del 12 de agosto de 2026 al 26 de octubre de 2026.
Hasta
agosto 2026
| Últimos 2 dígitos | Vence |
|---|---|
| 01-02 | 12 de agosto |
| 03-04 | 13 de agosto |
| 05-06 | 14 de agosto |
| 07-08 | 18 de agosto |
| 09-10 | 19 de agosto |
| 11-12 | 20 de agosto |
| 13-14 | 21 de agosto |
| 15-16 | 24 de agosto |
| 17-18 | 25 de agosto |
| 19-20 | 26 de agosto |
| 21-22 | 27 de agosto |
| 23-24 | 28 de agosto |
| 25-26 | 31 de agosto |
Hasta
septiembre 2026
| Últimos 2 dígitos | Vence |
|---|---|
| 27-28 | 1 de septiembre |
| 29-30 | 2 de septiembre |
| 31-32 | 3 de septiembre |
| 33-34 | 4 de septiembre |
| 35-36 | 7 de septiembre |
| 37-38 | 8 de septiembre |
| 39-40 | 9 de septiembre |
| 41-42 | 10 de septiembre |
| 43-44 | 11 de septiembre |
| 45-46 | 14 de septiembre |
| 47-48 | 15 de septiembre |
| 49-50 | 16 de septiembre |
| 51-52 | 17 de septiembre |
| 53-54 | 18 de septiembre |
| 55-56 | 21 de septiembre |
| 57-58 | 22 de septiembre |
| 59-60 | 23 de septiembre |
| 61-62 | 24 de septiembre |
| 63-64 | 25 de septiembre |
| 65-66 | 28 de septiembre |
Hasta
octubre 2026
| Últimos 2 dígitos | Vence |
|---|---|
| 67-68 | 1 de octubre |
| 69-70 | 2 de octubre |
| 71-72 | 5 de octubre |
| 73-74 | 6 de octubre |
| 75-76 | 7 de octubre |
| 77-78 | 8 de octubre |
| 79-80 | 9 de octubre |
| 81-82 | 13 de octubre |
| 83-84 | 14 de octubre |
| 85-86 | 15 de octubre |
| 87-88 | 16 de octubre |
| 89-90 | 19 de octubre |
| 91-92 | 20 de octubre |
| 93-94 | 21 de octubre |
| 95-96 | 22 de octubre |
| 97-98 | 23 de octubre |
| 99-00 | 26 de octubre |
El plazo se asigna por los DOS ÚLTIMOS DÍGITOS del NIT (para personas naturales, el número de cédula) sin incluir el dígito de verificación. La declaración y el pago se hacen en la misma fecha.
Fuente: DIAN — Calendario tributario 2026, Impuesto sobre la Renta y Complementario de personas naturales y sucesiones ilíquidas.
¿Tienes que declarar este año?
Probablemente sí si en el año cumpliste alguno de estos topes. Si no estás seguro, nosotros lo revisamos por ti gratis.
Patrimonio alto
Tu patrimonio bruto superó el tope de la DIAN a 31 de diciembre.
Ingresos del año
Recibiste ingresos por encima del límite (salario, honorarios, arriendos…).
Consumos con tarjeta
Tus compras o consumos con tarjeta superaron el tope anual.
Consignaciones
El total de consignaciones y movimientos en tus cuentas pasó el límite.
Los topes se fijan en UVT y cambian cada año. ¿Quieres el valor exacto? Consulta la UVT vigente.
Documentos necesarios para tu declaración
Esto es lo que pide la DIAN a una persona natural. Toda la información corresponde al año gravable 2025 (el año anterior).
- Copia actualizada del Registro Único Tributario (RUT) y cédula de ciudadanía.
- Firma electrónica habilitada para diligenciar el formulario virtual.
- Listado de dependientes económicos.
- Certificados o extractos bancarios (cuentas de ahorro y corrientes) al 31 de diciembre.
- Certificado tributario de los bancos.
- Certificados de inversiones (CDT, bonos, fondos fiduciarios, etc.).
- Impuesto predial, escrituras y avalúos técnicos de bienes inmuebles.
- Facturas de adquisición de vehículos.
- Inventario o factura de muebles, maquinaria y equipos.
- Documentos que acrediten deudas personales (letras, pagarés, hipotecas).
- Certificados de ingresos y retenciones emitidos por empleadores o contador.
- Certificados de rendimientos financieros de bancos, cooperativas, fiduciarias o dividendos.
- Facturas de venta o comprobantes de servicios.
- Certificados de ingresos por honorarios, comisiones, arrendamientos, ventas, indemnizaciones, pensiones, donaciones o herencias.
- Certificados de pagos por intereses de vivienda, salud, educación, donaciones a entidades públicas o proyectos culturales y sociales.
- Facturas relacionadas con gastos laborales, aportes al ICBF, EPS, ARL, fondos de pensión y parafiscales.
- Comprobantes de pagos de impuestos locales: industria y comercio, predial, avisos y tableros.
- Certificados de donaciones o inversiones aplicables.
- Documentación de dependientes económicos, si aplica.
- Donaciones realizadas.
¿Se te hizo largo? A nosotros no.
Te guiamos documento por documento y armamos tu declaración completa. Tú solo reúnes lo que tengas a mano; nosotros revisamos qué falta y aplicamos cada deducción a la que tienes derecho.
Así de fácil es
Tres pasos y listo. Tú solo nos pasas la información; del resto nos encargamos nosotros.
Diligencia y paga
Llena el formulario (2 minutos) y paga seguro con Wompi. Aseguras tu cupo al instante.
Agenda tu cita
Apenas pagas, se abre nuestro calendario para que elijas el día y la hora que más te convengan.
Recibe tu declaración
En tu cita revisamos tus documentos; un contador elabora la declaración y la deja lista para presentar ante la DIAN.
Un precio claro. Elige tu plan.
Sin letra pequeña. El mismo servicio profesional; tú eliges la velocidad de entrega.
Estándar
Más elegidoPara quienes tienen tiempo antes de su vencimiento.
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Precios en COP. Pago seguro procesado por Wompi (tarjeta, PSE, Nequi y más).
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No es un software automático: una persona experta revisa tu caso.
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¿Cómo elijo la hora? Tras el pago verás nuestro calendario con la disponibilidad real para que reserves tu cita en el horario que prefieras.
Preguntas frecuentes
La DIAN asigna a cada persona natural una fecha distinta según los dos últimos dígitos de su cédula (el NIT sin dígito de verificación). Los plazos de 2026 van del 12 de agosto de 2026 al 26 de octubre de 2026. Escribe tu cédula en el consultor de esta página y te mostramos tu fecha exacta al instante.
No. La consulta se resuelve dentro de tu navegador con el calendario oficial de la DIAN: tu cédula no se envía a ningún servidor ni se almacena. Solo compartes tus datos si decides contratarnos.
La DIAN cobra sanción por extemporaneidad —con un mínimo de $523.740 (2026)— más intereses de mora que aumentan cada día de retraso. Por eso conviene presentar antes del vencimiento, incluso si el impuesto te da en cero.
El plan Estándar cuesta $250.000 y el plan Urgente $450.000 (entrega prioritaria). Es un pago único, sin mensualidades ni costos ocultos.
RUT y cédula actualizados, firma electrónica habilitada, certificados de ingresos y retenciones, extractos y certificados bancarios a 31 de diciembre, certificados de inversiones y deudas, predial y escrituras de inmuebles, facturas de vehículos y los soportes de tus deducciones. Tienes el listado completo en la sección "Documentos necesarios" de esta página.
Apenas confirmas el pago, se abre nuestro calendario con la disponibilidad real. Eliges el día y la hora que prefieras y recibes la confirmación por correo. Así de simple.
Un contador público titulado. Revisa tu caso, aplica todos los beneficios a los que tienes derecho y deja la declaración lista para presentar ante la DIAN.
En el plan Estándar, pocos días hábiles desde que recibimos tus documentos. En el plan Urgente, entre 24 y 48 horas.
Sí. Procesamos con Wompi (de Bancolombia). Puedes pagar con tarjeta, PSE, Nequi y otros medios. Nosotros no almacenamos los datos de tu tarjeta.
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Declarar a tiempo es más barato que una sanción. Consulta tu fecha, reúne tus documentos y deja tu renta en manos expertas.